El Comité de Basilea para la Supervisión
Bancaria (BCBS, por sus siglas en inglés) emitió el lunes pasado la calificación
de México dentro del Programa de Evaluación de Consistencia Regulatoria (RCAP,
por sus siglas en inglés). Nuestro país obtuvo la calificación de “Compliant”
(Cumple), la más alta dentro de una escala que incluye “Largely Compliant”
(cumple en gran parte), “Materially non conpliant” (no cumple de facto) y “Non
compliant” (no cumple). Al obtener esta calificación, México garantiza que su
marco regulatorio bancario es consistente con las más altos estándares internacionales
y de acuerdo al calendario establecido para su implementación.
El RCAP fue implementado como un
mecanismo para el seguimiento de los compromisos del acuerdo de “Basilea III”
(emitidos en 2010) que impone mayores requerimientos de capital ponderados por
riesgo a los bancos y complementa los estándares anteriores (Basilea II de 2004,
con sus correspondientes documentos complementarios).
Para lograr este resultado, las
autoridades regulatorias del sistema bancario, la Comisión Nacional Bancaria y
de Valores (CNBV) y el Banco de México (BM), tuvieron que realizar grandes
esfuerzos; desde la implementación de la Reforma Financiera de 2014, hasta
realizar adaptaciones a la normatividad correspondiente; el 31 de diciembre de
2014 se emitieron cambios en gran parte de las 55 modificaciones necesarias
para el cumplimiento del RCAP.
Sin duda obtener el grado de
Compliant es un mérito enorme, hasta el momento, en dos años del RCAP han sido
evaluadas 11 jurisdicciones, y dentro de estas, tanto la Unión Europea como
Estados Unidos obtuvieron “Largely Compliant” es decir, cumplen parcialmente
los estándares del BCBS.
Un elemento novedoso dentro de la
evaluación al marco regulatorio mexicano es que, simultáneamente con Hong Kong,
fueron las primeras jurisdicciones donde se calificó el cumplimiento con los
nuevos estándares de Liquidez relacionados con la Razón de Cobertura de
Liquidez (LCR, por sus siglas en ingles).
Si bien los estándares de Basilea
están diseñados para los bancos con actividad global, en México la regulación se
aplica de manera general a todos sin importar su tamaño; lo anterior no significa
poner en desventaja a los bancos más pequeños, puesto que los requerimientos se
basan en proporciones y porcentajes, un requerimiento de capital ponderado al
10% no será lo mismo en valor absoluto para un banco grande como HSBC, que para
otro pequeño como Afirme, pero sin duda garantizara la seguridad de ambos.
Finalmente, aunque es un gran mérito
el reconocimiento de la regulación mexicana en materia bancaria, es necesario
mantener un punto de vista crítico respecto del sistema financiero. Ejemplo de
lo anterior es la consideración respecto del alcance del RCAP, puesto que no evalúa
la forma en que se supervisa a las entidades bancarias en el cumplimiento de la
regulación. Por otro lado, dentro de la estrategia internacional de las
autoridades regulatorias, México se ha sometido anteriormente a la evaluación de seguimiento del cumplimiento de
los estándares internacionales de prevención de lavado de dinero en 2014 y en
2012, la evaluación del sistema financiero en su conjunto en el Programa de Evaluación
del Sector Financiero (FSAP, por sus siglas en inglés); obteniendo en la
segunda recomendaciones respecto de la necesidad de autonomía del órgano
supervisor del sistema bancario, la CNBV y la necesidad de salarios
competitivos en la misma para mantener a los elementos con experiencia, aspectos
que no han sido atendidos.
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